Un total de 400 UTM en multas
(aprox. 26 millones 072 mil 800 pesos) aplicó la Dirección Regional del Trabajo
(DT) Los Lagos durante las fiscalizaciones realizadas al transporte interurbano
de pasajeros entre el jueves 28 y el viernes 29 de marzo a propósito del fin de
semana santo.
El programa inspectivo a nivel
nacional totalizó 310 fiscalizaciones, 119 de las cuales culminaron con multas
por un monto de $282.951.031 (4.367 UTM a su valor de marzo) y un conductor
suspendido en la región de Valparaíso.
En la zona se realizaron se realizaron
31 fiscalizaciones de las cuales 9 terminaron con multas.
El Seremi del Trabajo y Previsión
Social, Ricardo Ebner Torres, informó que el objetivo de estas fiscalizaciones
es “velar por las condiciones laborales de los conductores y auxiliares para
que se respeten efectivamente las jornadas laborales que establece la ley. En
esta oportunidad se realizaron 9 fiscalizaciones en la provincia de Osorno, 14
en la provincia de Llanquihue y 8 en la provincia de Chiloé. El total de las
multas asciende a 400 UTM, que son más de 26 millones de pesos”.
Por su parte el director regional
del Trabajo, Claudio Salas, explicó que la ley establece “que no se puede
conducir más de cinco horas continuas, tiene que haber un descanso mínimo de
dos horas entre esas cinco horas. Las otras materias fiscalizadas fueron: no
otorgar descanso mínimo de 2 horas, no llevar correctamente registro de
asistencia y determinación de las horas de trabajo y no otorgar descanso
semanal compensatorio”.
Materias
fiscalizadas
Durante
las fiscalizaciones en ambos días se fiscalizó:
1.- Instalación y funcionamiento de
dispositivos de registro automatizado de asistencia.
2.- Jornada y descanso:
Tiempo máximo de conducción continua
(5 horas)
Descanso mínimo entre turnos de
conducción (2 horas)
Jornada Excepcional Autorizada
Cumplimiento de ciclos de trabajo
autorizados por RES. EX. 1.440 (2016):
4x2
6x3
8x4
9x3
10x4
10x5
Infracciones
Las infracciones factibles de ser
sancionadas tenían un monto mínimo de 3 ($64.793) y un máximo 60 ($3.887.580)
UTM (al valor de marzo) si se constataba:
Manejar más de 5 horas continuas.
No otorgar descanso mínimo de 2
horas.
No llevar correctamente registro de
asistencia y determinación de las horas de trabajo.
No llevar registro de asistencia y
determinación de las horas de trabajo.
No otorgar descanso semanal
compensatorio.
No cumplimiento de resolución
fundada que autoriza sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo
y descanso.
También
fue posible suspender tripulantes cuando:
No estaba instalado el registro de
asistencia y determinación de las horas de trabajo
Estaba instalado sin funcionamiento:
se suspendería si de la declaración tomada al trabajador fue posible advertir
que se estaba frente a infracciones de conducción y descanso.
Estaba instalado y en
funcionamiento: se suspendería si el reporte impreso arrojaba infracciones a
las normas de conducción y descanso.
0 Comentarios