La Corte de Apelaciones
de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a Nelson Humberto Queupil Soto a
las penas de 7 de años y 3 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito
tentado de homicidio de carabineros en el ejercicio de sus funciones y del
delito consumado de porte ilegal de arma de fuego. Ilícitos perpetrados en
diciembre de 2021, en la comuna de Máfil.
En fallo unánime (causa
rol 76-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra
María Elena Llanos Morales, la fiscal judicial Paola Oltra Schüler y el abogado
(i) Claudio Eugenio Aravena Bustos– descartó a error de derecho en la sentencia
impugnada, dictada por Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.
“Que, en los fundamentos
décimo quinto a décimo séptimo de la sentencia cuestionada, los sentenciadores
explican de manera clara, detallada y precisa las razones por las que estiman
que el acusado ha tenido participación en el ilícito, pormenorizando y
analizando cada una de las pruebas que los condujo a tal conclusión. (…) Que de
esta manera y conforme lo antes consignado, se puede concluir que no existe el
error de derecho que se denuncia en el recurso”, sostiene el fallo.
La resolución agrega:
“Que el error jurídico denunciado y consignado en el fundamento precedente, no
es tal y será desestimado por cuanto los sentenciadores han realizado una
correcta aplicación de la ley, específicamente del artículo 416 del Código de
Justicia Militar, conforme se razona en el fundamento décimo séptimo”.
Por tanto, se resuelve
que: “SE RECHAZA al recurso de nulidad interpuesto por el abogado don Jorge
Guzmán Tapia, en contra de la sentencia de fecha 27 de diciembre de 2023,
complementada el 29 de diciembre de 2023, dictada por el Tribunal del Juicio
Oral en lo Penal de Valdivia en los autos RIT 239-2023 RUC 2110057321-8, sin
costas”.
El tribunal de primera
instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que
aproximadamente a las 09:20 horas del 8 de diciembre de 2021, las víctimas, el
capitán de Carabineros Nicolás Jesús Cea Brito, el sargento segundo Gustavo
Zapata Barriga y el cabo primero Diego Alberto Leal Uribe, se encontraban en
ejercicio de sus funciones dando cumplimiento a una medida de protección
decretada por el Ministerio Público para los propietarios y trabajadores del
fundo La Victoria, ubicado en la comuna de Máfil. En dicho escenario, los
efectivos policiales se encontraban al interior del predio a bordo de un
vehículo policial blindado, percatándose de que Queupil Soto se acercó al lugar,
tras lo cual se retiró para luego retornar con un arma de fuego (fusil) y a una
distancia de 14,56 metros del vehículo policial disparar en tres ocasiones con
ánimo de matar.
Dos de los tres disparos
realizados por Queupil Soto impactaron en el vehículo blindado, provocando
daños en la puerta lateral derecha, compatible con orificio de entrada de un
proyectil balístico de alta energía; daño en la ventana de la puerta lateral
posterior derecha y pulverización de vidrio adyacente que no traspasa el vidrio
blindado, compatible con el impacto y rebote de un proyectil balístico único de
alta energía.
Las víctimas no
sufrieron lesiones dadas las características estructurales del vehículo
táctico. El acusado no contaba con las autorizaciones para porte o tenencia de
armas de fuego ni municiones.
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