El Presidente
de la República, Gabriel Boric Font, promulgó este viernes la ley que modifica el Código del Trabajo en materia de
prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el
trabajo, más conocida como Ley Karin, en una ceremonia efectuada en el Palacio
de La Moneda.
En la ocasión, el Mandatario destacó que tanto la Ley Karin como el
Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la
erradicación de la violencia y el acoso en los espacios laborales, ratificado
por Chile el 8 de marzo de 2023, "vienen a cambiar la forma en que se
aborda en nuestro país el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo,
hacia una que esté enfocada en la prevención, en la investigación efectiva y
oportuna y en la sanción de estos hechos que sucedan, ya sea en el sector
público o en el privado; nadie queda fuera", dijo, destacando de paso los
protocolos de prevención, investigación y sanción que contiene la legislación,
además de las medidas de protección y apoyo sicológico en favor de las y los
denunciantes.
El Ejecutivo patrocinó el proyecto de ley presentado originalmente por
la diputada Érika Olivera e ingresó indicaciones al mismo, ampliando su alcance
con diversas medidas para la erradicación del acoso sexual, laboral y la
violencia en el trabajo, tanto en el sector privado como en el público.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró la
promulgación de la Ley Karin, que fue despachada desde el Congreso Nacional el
13 de diciembre de 2023, y señaló que “el trabajo no puede ser un lugar de
sufrimiento, el trabajo es un lugar donde uno va a crecer y a ganarse el
sustento para volver a su casa tranquila a compartir con su familia. Esperemos
que esta motivación sea la que inspire la implementación de esta ley para que
podamos tener una mejor calidad de vida, que es lo que nos merecemos todas las
chilenas y chilenos”.
Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonio
Orellana, sostuvo que "respecto al acoso sexual, que es una vulneración
grave de los derechos laborales y también a los derechos a la dignidad sexual
de las personas, esto es un avance muy importante porque, en primer lugar,
modifica cosas que, en la ley anterior, que fue un avance en su momento, habían
ido mostrando que se necesitaban cambiar. Por ejemplo, el acceso que tienen las
víctimas y el denunciante a la información respecto al proceso que se está
llevando a cabo. En segundo lugar, normas más claras para todos los
intervinientes, no sólo para las denunciantes sino también para los denunciados
y, además, para las y los empleadores. Esperamos que eso redunde en una mayor
confianza en el proceso de la denuncia".
Diputada Olivera y Claudia Salgado
La Ley Karin reconoce a la funcionaria pública de la salud Karin Salgado.
La técnico en enfermería de nivel superior (TENS), víctima de acoso en su
trabajo, se quitó la vida en 2019.
La diputada Erika Olivera señaló que “esta ley hizo un alto a las
discrepancias del mundo político y puso al centro a los trabajadores y
trabajadoras de Chile. Gracias por eso, porque es lo que espera nuestra
población. Esta ley también logró visibilizar la naturalización de la cultura
del abuso en el ambiente laboral y pone énfasis en la prevención del acoso
laboral y acompañamiento a las víctimas”.
En tanto, la hermana de Karin, Claudia Salgado, manifestó que “Chile ha
hecho historia” con la promulgación de la Ley Karin y con la ratificación del
Convenio 190 de la OIT. “Esta ley es de verdad de dignidad y de justicia a
todas esas víctimas que partieron, que hoy día nos miran desde la eternidad,
pero que confiaron en nosotros. Esperamos haberles cumplido”, añadió.
Contenido
Por su parte, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ricardo Ebner
Torres, explicó que “en concordancia con el Convenio 190 de la OIT sobre
violencia y acoso en el trabajo, la legislación establece, como obligación de
las empresas y de los órganos del Estado, un protocolo de prevención del acoso
laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque
preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, instaura mejores procesos
de investigación del acoso sexual y se incorporan a la regulación las conductas
de acoso laboral y la violencia en el trabajo”.
Al mismo tiempo, se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y
de la Contraloría General de la República en los correspondientes
procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las
denunciantes.
Además, incluye normas relativas al derecho que les asiste a los
trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso
laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a
resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los
procedimientos de investigación.
También establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse
en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y
con perspectiva de género, lo que implicará la adopción de medidas tendientes a
promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.
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